Gestoría en Madrid: Integral y Personalizada

En nuestra Gestoría en Madrid queremos comenzar por mencionar la legislación vigente, pues sobre todo en el campo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas cada año se introducen nuevas modificaciones que afectan a cada contribuyente. Pues bien, se ha publicado el Real Decreto 1039/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Novedades que nosotros tenemos muy presente en cada declaración para que el obligado tributario pueda minimizar el cumplimiento que debe soportar en sus relaciones con la Agencia Tributaria.

Nuestra gestoría en Madrid informa de las principales novedades

Antes de comenzar queremos hacer mención a la modificación a nivel estatal más importante y es que actualmente se empieza a pagar el impuesto a partir de los 15 000 euros anuales.

Puesto que el presente impuesto está parcialmente cedido a las comunidades autónomas, desde nuestra gestoría en Madrid podemos hablar de las deducciones que afectan a los contribuyentes de la Comunidad, que afectan a la Campaña de la Renta 2022; aquí enumeramos las más importantes:

  • Por circunstancias personales y familiares: Entre estas circunstancias se encuentran el nacimiento o la adopción de hijos, así como la adopción internacional de niños. Además, los obligados tributarios en la Comunidad de Madrid podrán acogerse a la bonificación por acogimiento familiar de menores o por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad. En Madrid también prevén la deducción por cuidado de hijos menores de 3 años. También las familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
  • Existirá una deducción por arrendamiento de la vivienda habitual.
  • Otra deducción es la que tiene lugar por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
  • En último lugar, comentamos otros gastos deducibles: Dentro de estos encontramos los previstos por gastos educativos; los gastos que tienen lugar para el fomento del autoempleo de jóvenes; por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación y por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.

Adicionalmente, aclaramos una de las principales dudas que presentan nuestros usuarios:

¿Cómo afecta la tramitación de herencias en Madrid para la renta 2022?

En la Comunidad de Madrid solo se paga el 1 % de la cuota que corresponde al Impuesto sobre Sucesiones y sobre Donaciones. Este caso se aplica tanto a padres e hijos, como a los cónyuges y parejas de hecho. Sin embargo, los tíos, sobrinos y hermanos del causante o donante podrán aplicar una bonificación del 25 % sobre la cuota del impuesto.

Asesoramos sobre las obligaciones tributarias con los beneficios que correspondan

Nuestro departamento Tributario de Gestoría Diéguez es en extremo minucioso a la hora de elaborar cada una de las declaraciones, pues en nuestra gestoría en Madrid nos adaptamos a cada persona física cumpliendo con las obligaciones tributarias de los contribuyentes. ¡Contáctanos!

Sin comentarios

Añadir un comentario