Teléfono: 917 60 11 62
Email: dieguezasenjo@gestores.net
Teléfono: 917 60 11 62
Email: dieguezasenjo@gestores.net
En nuestra Gestoría en Madrid queremos comenzar por mencionar la legislación vigente, pues sobre todo en el campo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas cada año se introducen nuevas modificaciones que afectan a cada contribuyente. Pues bien, se ha publicado el Real Decreto 1039/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Novedades que nosotros tenemos muy presente en cada declaración para que el obligado tributario pueda minimizar el cumplimiento que debe soportar en sus relaciones con la Agencia Tributaria.
Antes de comenzar queremos hacer mención a la modificación a nivel estatal más importante y es que actualmente se empieza a pagar el impuesto a partir de los 15 000 euros anuales.
Puesto que el presente impuesto está parcialmente cedido a las comunidades autónomas, desde nuestra gestoría en Madrid podemos hablar de las deducciones que afectan a los contribuyentes de la Comunidad, que afectan a la Campaña de la Renta 2022; aquí enumeramos las más importantes:
Adicionalmente, aclaramos una de las principales dudas que presentan nuestros usuarios:
En la Comunidad de Madrid solo se paga el 1 % de la cuota que corresponde al Impuesto sobre Sucesiones y sobre Donaciones. Este caso se aplica tanto a padres e hijos, como a los cónyuges y parejas de hecho. Sin embargo, los tíos, sobrinos y hermanos del causante o donante podrán aplicar una bonificación del 25 % sobre la cuota del impuesto.
Nuestro departamento Tributario de Gestoría Diéguez es en extremo minucioso a la hora de elaborar cada una de las declaraciones, pues en nuestra gestoría en Madrid nos adaptamos a cada persona física cumpliendo con las obligaciones tributarias de los contribuyentes. ¡Contáctanos!
Sin comentarios